Page 56 - Banca Pueyo 125 Anos
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Banca Pueyo. 125 años de historia
más una cierta premura en su revisión, pues se tenía cons-
tancia que si eran enviados a la Dirección General de Banca
y Bolsa antes del 20 de agosto, muy probablemente podrían
ser valorados y en su caso, aprobados y de tal forma
comenzar a funcionar como sociedad anónima a partir del
próximo primero de enero. A todo esto, las cuentas del
balance de sumas y saldos están preparadas para ser remi-
tidas a la citada Dirección, con fecha de 31 de julio de 1956.
La carrera contra el reloj termina el 17 de agosto, donde son
enviados al Consejo Superior Bancario.
Los estatutos de Banca Pueyo, por lo tanto, están defi-
nitivamente redactados para el verano de 1956 y se remite
copia a la Dirección General de Banca y Bolsa, para que el
Consejo Superior Bancario estudie su solicitud. La instancia
también ha sido enviada al Ministro de Hacienda, con arreglo
a la Ley de 11 de julio de 1941 y al artículo 45 de la Ley de
Ordenación Bancaria de 1946. Según este artículo, era
necesaria la autorización por parte del Ministro de Hacienda
y previo informe del Consejo Superior Bancario para modifi-
car la forma en que se hallen constituidas las empresas bancarias individuales y
colectivas. En el envío se adjuntaba la siguiente documentación:
*.- Último balance inventario (a 31 de diciembre de 1955) y
balance de sumas y saldos referido al último día del mes anterior al
que la solicitud se produzca.
*.- Proyecto de escritura de constitución de la sociedad y de
los estatutos porque la misma se ha de regir.
*.- Personas que constituirán la sociedad y las que, en su caso,
hayan de formar el primer Consejo de Administración.
Al por entonces Ministro de Hacienda, Francisco Gómez de Llano, se le
remite la siguiente misiva:
“Don Ricardo del Pueyo y Pueyo, banquero, inscrito con núm.
195 en el Registro Especial de Bancos y Banqueros, de la Dirección
General de Banca y Bolsa, y con domicilio en Villanueva de
la Serena (Badajoz), c/ Ntra. Sra. de Guadalupe, núm.
1, a V.E. con el debido respeto expone:
Que deseando constituir, una Sociedad
Anónima Mercantil, que teniendo
5.000.000 de pesetas de capital
escriturado, sea continuadora
del negocio bancario que
ejerce en la actualidad
como banquero individual,
con el fin de asegurar de esta
forma la continuidad del nom-
bre comercial, separando la vida
de negocio de Banca de cualquier
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más una cierta premura en su revisión, pues se tenía cons-
tancia que si eran enviados a la Dirección General de Banca
y Bolsa antes del 20 de agosto, muy probablemente podrían
ser valorados y en su caso, aprobados y de tal forma
comenzar a funcionar como sociedad anónima a partir del
próximo primero de enero. A todo esto, las cuentas del
balance de sumas y saldos están preparadas para ser remi-
tidas a la citada Dirección, con fecha de 31 de julio de 1956.
La carrera contra el reloj termina el 17 de agosto, donde son
enviados al Consejo Superior Bancario.
Los estatutos de Banca Pueyo, por lo tanto, están defi-
nitivamente redactados para el verano de 1956 y se remite
copia a la Dirección General de Banca y Bolsa, para que el
Consejo Superior Bancario estudie su solicitud. La instancia
también ha sido enviada al Ministro de Hacienda, con arreglo
a la Ley de 11 de julio de 1941 y al artículo 45 de la Ley de
Ordenación Bancaria de 1946. Según este artículo, era
necesaria la autorización por parte del Ministro de Hacienda
y previo informe del Consejo Superior Bancario para modifi-
car la forma en que se hallen constituidas las empresas bancarias individuales y
colectivas. En el envío se adjuntaba la siguiente documentación:
*.- Último balance inventario (a 31 de diciembre de 1955) y
balance de sumas y saldos referido al último día del mes anterior al
que la solicitud se produzca.
*.- Proyecto de escritura de constitución de la sociedad y de
los estatutos porque la misma se ha de regir.
*.- Personas que constituirán la sociedad y las que, en su caso,
hayan de formar el primer Consejo de Administración.
Al por entonces Ministro de Hacienda, Francisco Gómez de Llano, se le
remite la siguiente misiva:
“Don Ricardo del Pueyo y Pueyo, banquero, inscrito con núm.
195 en el Registro Especial de Bancos y Banqueros, de la Dirección
General de Banca y Bolsa, y con domicilio en Villanueva de
la Serena (Badajoz), c/ Ntra. Sra. de Guadalupe, núm.
1, a V.E. con el debido respeto expone:
Que deseando constituir, una Sociedad
Anónima Mercantil, que teniendo
5.000.000 de pesetas de capital
escriturado, sea continuadora
del negocio bancario que
ejerce en la actualidad
como banquero individual,
con el fin de asegurar de esta
forma la continuidad del nom-
bre comercial, separando la vida
de negocio de Banca de cualquier
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